Me está resultando más arduo de lo que pensaba ordenar la masa documental del Conde de Villamediana: sus ramificaciones familiares se extienden –como los correos– por toda Europa, y la actividad diplomática de su padre, el primer Conde de Villamediana generó una documentación prolija que he debido apartar cuidadosamente, por su carácter exclusivamente diplomático. La guía para lograr cierta coherencia del corpus ha sido la de buscar determinados hitos en su biografía, en su quehacer, en su conducta, etc. Al final he admitido la documentación relativa a negocios (censos, juros, compras, hipotecas....) porque sí que apuntaba a una manera de vivir típica de las clases privilegiadas de la sociedad cortesana durante las dos primeras décadas del siglo XVII.
De entre la mucha documentación aséptica, algunos documentos arrojan pequeñas luces sobre la tan mal estudiada biografía y personalidad del Conde. Así este documento, que yo interpreto en doble dirección: por un lado concierne a los padres que se desprenden de parte de la tutela de un hijo precoz; pero también, la necesidad de negocios financieros que separen las dos circunstancias: la de los padres y la del hijo.
En efecto, el documento (AHPM 2069) se extiende a petición de Juan de Tassis –el padre– en 1599 en Madrid, "que tiene por su hijo a Juan de Tassis y Peralta", que está presente, habido del matrimonio con doña María de Peralta, su mujer, "el cual es de edad de 18 años y ha estado y está debajo de su potestad y dominio paternal, y ha sido y es muy obediente, y es capaz y suficiente para ser libre y emancipado", lo que le permite –dicen– fundar y obligarse a un censo, cuyos detalles explica el resto del documento.
No sé si fue por acuerdo del clan familiar o si por deseo del vástago, pero en todo caso fue para mover y allegar dineros, tanto el padre, como sobre todo el hijo, llevaban un tren de vida que iba dejando un reguero de deudas en notarías, y no solo para vender y cambiar privilegios, cargos, etc, sino para obligarse a pagar joyas, caballos, lujos, etc.
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